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Consultoría de igualdad

Plan de igualdad, protocolo de prevención contra el acoso sexual. Consultoría en igualdad de género

La normativa existente en materia de igualdad efectiva de género, tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual sea su circunstancia o condición, en cualquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para lograr, a tenor de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.

La obligatoriedad de estos derechos vienen recogidos en la Ley 3/2017 de Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Según se desprende de su articulado ( arts. 45 y 48 ), las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, tomando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, así como tomar medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

Asimismo, en su art. 46 se recoge la obligación de la elaboración e implantación del Plan de Igualdad, en aquellas que dispongan de una plantilla superior a 250 personas y para seguir en la misma línea, con fecha de 6 de marzo se ha publicado el Real decreto 6/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que regula esta materia y mediante el cual se baja el límite mínimo de trabajadores/as en plantilla para la implantación obligatoria de planes de Igualdad en la empresa, de 250 a 150 este año, 100 el venidero y 50 en tres años. Asimismo, hay que recordar que también es obligatoria la Implantación de los Planes de Igualdad en Asociaciones, Federaciones, Fundaciones…., independientemente de la plantilla de que dispongan.

Independientemente de lo expuesto con anterioridad, decir que la obligatoriedad de estas medidas, viene reforzada por su inclusión específica en multitud de convenios tanto a nivel sectorial (hostelería, comercio, metal) como provincial (Jaén, Granada, Almería, Málaga…). El incumplimiento de estas acciones, lleva aparejada para la empresa desembolsos económicos mensuales por cada uno de los trabajadores/as de la misma.

IMPULSA-T Consultores, da cobertura a todas las obligaciones recogidas en la Ley 3/2007 y RD Ley 6/2019, desarrollando un Plan Integral de Igualdad mediante las siguientes actuaciones:

  • Diagnosis de situación, elaboración e implantación del Plan de Igualdad según Artículo 46 de la Ley Orgánica 3/2007.
  • Redacción del protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo según Artículo 48 de la Ley 3/2007.
  • Formación.

Qué son los cursos para trabajadores

Forma a tus trabajadores sin coste

Todas las empresas disponen de un crédito anual para llevar a cabo acciones formativas a coste 0€ para sus trabajadores. El importe de la formación se bonifica a través de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Los cursos gratuitos para trabajadores tienen como fin promover e incentivar la mejora de competencias y aprendizaje continuo de los trabajadores.

¿Cómo calcular el crédito para realizar la formación gratuita para trabajadores?

Para poder beneficiarse de esta ayuda, las empresas deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente en sus pagos a Hacienda o Seguridad Social.
  • Disponer de trabajadores en plantilla en Régimen General.

Todas aquellas empresas que cumplan con estos requisitos tienen la opción de realizar formación programada para sus trabajadores. El crédito para llevar a cabo los cursos gratuitos para trabajadores tiene una validez anual y se puede utilizar desde el primer día del ejercicio presupuestario.

El importe disponible para cada empresa dependerá del tamaño de la misma y la cantidad total ingresada en las cotizaciones durante el ejercicio anterior.

Cursos gratuitos para trabajadores

Dependiendo de su tamaño, las empresas pueden bonificarse mayor o menor cantidad del total cotizado. Las pymes de 1 a 5 trabajadores y las empresas de nueva apertura, por su parte, disponen de un crédito de 420€ destinado a acciones formativas. Esta cantidad económica, se ha fijado por el gobierno, con el objetivo de garantizar el acceso a la formación a todas las empresas.

Bonificar los cursos para trabajadores

¿Cómo bonificar los cursos para trabajadores?

Nos encargamos de realizar todos los trámites para bonificar tus cursos para trabajadores

Para poder aprovechar las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social se debe llevar a cabo la formación y presentar la documentación, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico.

¿Cuál es la bonificación máxima que puede aplicarse la empresa?

El importe máximo a bonificar por cada una de las acciones formativas realizadas dependerá del crédito anual del que disponga la empresa.

EJEMPLO:
Imagina que tu empresa invierte en un curso para un empleado que tiene un coste total de 500€ y la cantidad de la que dispone es de 420€. En este caso, solamente se podría bonificar hasta 420€ y la cantidad restante se sufragaría por la empresa.

Además del crédito disponible, en base a la Ley 30/2015, del 9 de septiembre, hay que tener en cuenta que según el tamaño de la plantilla, las empresas también co-financiarán los cursos en un porcentaje bajo sobre la cuantía de la acción formativa.

Bonificar Cursos Trabajadores, ¿Cómo se realiza la aportación por parte de la empresa?

Según lo establecido por la Ley, existen 2 maneras de realizar la co-financiación:

  1. Abonando la cantidad pertinente según porcentaje.
  2. Abonando el porcentaje de la cantidad correspondiente a través del coste salarial que supondría el tener al empleado formándose en horario laboral.

Desde nuestro centro nos encargamos de realizar todos los trámites para que puedas bonificar tus cursos para trabajadores.

Tramitar cursos para trabajadores

¿Cómo tramitar cursos para trabajadores?

Pasos para gestionar un curso para trabajadores y bonificarlo

Nuestro equipo es experto en asesorar y tramitar cursos para trabajadores. Siempre recomendamos reunirnos con los clientes antes de realizar una formación, ya que, dependiendo de las necesidades concretas y objetivos de la empresa orientamos acerca de las diferentes opciones formativas a llevar a cabo y buscamos la que más se adecua a lo que se requiere.

Llevamos a cabo formaciones a medida adaptándonos a cada uno de nuestros clientes.

Además, también disponemos de un amplio catálogo de cursos para trabajadores por si deseas consultar y realizar una formación ya establecida.

Pasos para tramitar formación continua para trabajadores:

  1. Solicita una cita con nosotros (indica en el asunto «TRAMITAR CURSOS TRABAJADORES».
  2. Nos pondremos en contacto para asesorarte según objetivos empresariales e informarte acerca del crédito que dispone tu empresa para formación.
  3. Debes enviarnos la información que te solicitemos.
  4. Puede realizarse online o presencial.
  5. Empieza tu formación

Catálogo cursos para trabajadores

  • Comercio y Marketing
  • Diseño Gráfico
  • Energía y Agua
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  • Informática y Comunicaciones
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  • Social Media
  • Sanidad
  • Industrias Alimentarias
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  • Servicios Culturales y a la Comunidad
  • Diseño CAD
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  • Habilidades Directivas